top of page

Obligaciones de Transparencia

95.PNG

Artículo 95

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.

Artículo 96

Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y los Municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.

96.PNG
logoheader.png
bottom of page